logo Estructura orgánica y facultades, funciones y atribuciones: Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos.

Secretaría Administrativa del Alcalde y Concejo Comunal.

Unidad u órgano interno.

Secretaría Administrativa del Alcalde y Concejo Comunal.

Facultades, funciones o atribuciones.

A esta Sección le corresponderán las siguientes funciones:
a) Dirigir las actividades que correspondan a la Secretaría Administrativa del Alcalde. y servir de ministro de fe en todas las actuaciones municipales.
b) Desempeñarse como ministro de fe en todas las actuaciones municipales.
c) Recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda, la declaración de intereses establecida por la Ley N 20.880.
d) Deberá dar cumplimiento a las funciones que le atribuye la Ley Número 19.418 sobre Constitución de Organizaciones Territoriales y Funcionales, entre ellas, mantener actualizado el Registro Comunal de Organizaciones Comunitarias constituidas conforme a la citada Ley.
e) Deberá dar cumplimiento a las funciones que le atribuye la Ley Número 19.253, Ley Indígena.
f) Dar cumplimiento cuando corresponda al articulo 8 de la Ley N 19.118, en cuanto se refiere a la apertura de caminos vecinales.
g) Mantención de los vehículos municipales que se encuentran asignados a Secretaría Municipal y Alcaldía y disponer de su uso conforme a las necesidades de la Municipalidad y a las instrucciones que entregue el Alcalde.

Fuente Legal.

Ley Número 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, del 26 de Julio de 2006.
Ley Número 19.118, Otorga Beneficios a los Adquirientes de Predios Derivados de la Reforma Agraria y Modifica Diversos Cuerpos Legales, del 3 de Febrero 1992.
Ley Número 19.253, Establece normas sobre protección, fomentos y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, del 5 de Octubre de 1993.
Ley Número 19.418, Establece normas sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias, del 9 de Octubre de 1995.
Ley Número 20.880, Sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses, del 5 de Enero de 2016.
Reglamento Interno Municipal, Título III, Párrafo 4, Artículo 11, 11.1, del 18 de Octubre de 2017.


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