Unidad u órgano interno.
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Unidad de Desarrollo Económico Local.
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Facultades, funciones o atribuciones.
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13.8.1 Capacitación e Intermediación Laboral (OMIL): Le corresponde la tarea de promover la capacitación y desarrollo profesional
de los trabajadores de la comuna, como también determinar las posibles fuentes laborales a las cuales puedan acceder. Entre sus funciones
específicas se encuentra:
a) Entregar a los usuarios de nuestra comuna orientación ocupacional, entendiendo por ello, la entrega de información, aplicación de instrumentos
técnicos y asesorías que faciliten la elección de una profesión, actividad u oficio, así como la entrega de los
antecedentes que permitan lograr una adecuada capacitación y de las entidades encargadas de proporcionarla.
b) Recibir las ofertas y solicitudes de capacitación y de trabajo de la comuna.
c) Informar y orientar a los eventuales beneficiarios de programas de capacitación.
d) Relacionar a los oferentes con los solicitantes de trabajo.
e) Verificar los antecedentes laborales de los oferentes y demandantes, así como los requerimientos de los puestos de trabajo, conforme a normas técnicas
impartidas por el Servicio Nacional de Capacitación (Sence).
f) Entregar periódicamente al Servicio Nacional y a los servicios públicos que la demanden, la información recogida en su Oficina en
cuanto a la oferta y demanda de trabajo y capacitación.
g) Cumplir las funciones de orientación laboral, que el Servicio Nacional de Capacitación (Sence) les indique.
h) Dar cumplimiento a la Ley N 19.728 sobre Seguro Obligatorio de Cesantía y sus modificaciones;
i) Asesorar a los consumidores de nuestra comuna, en todo lo que diga relación con la correcta aplicación de la Ley Número 19.496
Sobre la protección de los derechos del Consumidor y sus modificaciones.
13.8.2 Fomento Productivo: Le corresponde proponer y ejecutar convenios, programas, proyectos, o medidas tendientes a materializar acciones relacionadas
con el fomento productivo ya sea directamente o en coordinación con otras municipalidades y/o servicios públicos, empresas privadas, organizaciones
productivas o cualquier otra entidad que desarrolle funciones en este ámbito.
13.8.3 Turismo y Microempresas: Su función será promover el desarrollo del turismo y las microempresas en la comuna, estableciendo diversos objetivos y
líneas de acción destinadas al apoyo de organizaciones, personas o empresas que desarrollen iniciativas relacionadas directa o indirectamente
con el turismo y/o microempresas en la comuna, ya sea, que digan relación, con la elaboración de proyectos, capacitaciones, el apalancamiento
de recursos financieros o de otra naturaleza, la gestión de iniciativas destinadas a la comercialización de productos, la elaboración
de proyectos, programas y planes, y en general, la ejecución de todo tipo de actividades que el municipio determine realizar para estos efectos.
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Fuente Legal.
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